La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el registro de proyectos inmobiliarios. De esta manera, personas físicas y jurídicas podrán regularizar sus fondos en iniciativas relacionadas a la construcción, loteo, rural, entre otros.
“Se abre la posibilidad de informar las obras para poder afectar los fondos regularizados. Quienes se inscriban no deben abrir una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados, simplemente deben asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto”, informó el organismo.
Al mismo tiempo, AFIP resaltó que los sujetos alcanzados por la normativa son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra. “En el registro, se incluirán inversiones directas o indirectas en construcciones de edificios residenciales, no residenciales, rurales, loteo de predios, reformas, ampliaciones, instalaciones, mejoras y todo proyecto que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, requiera denuncia, autorización o aprobación de autoridad competente”, aclaró.
La medida de AFIP establece que quienes se inscriban en el registro, no deben abrir una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados. Deben asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto.
Al mismo tiempo, quienes opten por alguna de estas inversiones deben proporcionar a la entidad bancaria el código de registración del proyecto inmobiliario y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada al proyecto a la cual se realizarán las transferencias de los fondos.