29/01/2015

Se publicó en el Boletín Oficial la ley de agricultura familiar

Desarrollo rural. LA NACION

Con el número 27.118 fue publicada ayer en el Boletín Oficial la ley de agricultura familiar, "que declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena en todo el territorio de la Nación". La misma fue sancionada en diciembre pasado por el Congreso Nacional y promulgada el 20 de enero por el Poder Ejecutivo Nacional. La norma fue el resultado del trabajo conjunto entre el Ministerio de Agricultura de la Nación y organizaciones de pequeños productores. Según informó la agencia Télam, entre los puntos más relevantes de la ley están la promoción del desarrollo humano integral, el bienestar social y económico de los productores y de sus comunidades; la diversificación y la generación de empleo en el medio rural, y la transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable, tendiente a garantizar la soberanía alimentaria. Según fuentes oficiales, la agricultura familiar representa el 20% del PBI del sector agropecuario nacional; el 20% de tierras productivas, y el 27% del valor de la producción. La actividad constituye el 53% del empleo rural.