El Gobierno de Salta se sumó este jueves al listado de administraciones provinciales que están avanzando con distintos tipos de normativas para regular el uso de los drones agrícolas.
Puntualmente, a través de su Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el Ejecutivo salteño estableció las pautas operativas y de registro para la aplicación de productos fitosanitarios mediante aeronaves no tripuladas piloteadas a distancia (RPA/RPAS).
En la práctica, fue el Ministerio de Producción y Minería el que implementó la medida, que adecua la normativa ambiental provincial al nuevo marco regulatorio dictado por la Administración Nacional de Aviación Civil mediante la Resolución ANAC N° 550/25, y se alinea con lo establecido en la Ley Provincial N° 7.812 de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura y su Decreto Reglamentario N° 3.924/15.
Previamente, Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe han sido algunos de los territorios que ya fijaron diferentes regulaciones para este tipo de aparatos.
“El nuevo esquema dispone la obligatoriedad de inscripción anual en el Registro de Usuarios de Productos Fitosanitarios para toda persona humana o jurídica que realice aplicaciones aéreas con drones, ya sea por cuenta propia o para terceros, alcanzando también a pilotos, asesores técnicos y equipos”, indicaron desde el Gobierno salteño.
También precisaron que, para concretar la habilitación dentro de la categoría de “Aplicador Aéreo No Tripulado de RPA/RPAS”, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Asimismo, la normativa fija que los drones deberán transitar descargados y desinfectados al atravesar zonas pobladas, y faculta a la autoridad de aplicación a realizar controles de fiscalización en todo el territorio provincial para verificar la documentación técnica y aeronáutica correspondiente.