El Gobierno oficializó este viernes la flexibilización para la entrega de información tributaria y avanzó así en la implementación del nuevo régimen del Impuesto a las Ganancias. Estas medidas se complementan con cuatro resoluciones publicadas en el Boletín Oficial por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Cabe recordar que el Gobierno impulsa un proceso de simplificación tributaria y administrativa para reducir la presión fiscal y los costos burocráticos. Entre las medidas concretas se encuentra la implementación gradual de una modalidad simplificada y opcional para la declaración del Impuesto a las Ganancias para personas físicas y sucesiones, basada en la información ya disponible en la administración tributaria. Esto permitirá reducir la carga administrativa para los contribuyentes y optimizar la fiscalización del organismo, dice el texto oficial.
Además, se establece un Sistema de Finanzas Abiertas que permitirá, con consentimiento expreso, compartir información financiera entre ciudadanos y entidades del sistema financiero, facilitando el acceso al crédito y fomentando la inclusión financiera. Este sistema estará regulado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
La Resolución General 5696/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre la protección del secreto fiscal de los contribuyentes establece que los "sujetos obligados" según la Ley 25.246, -que suelen ser entidades financieras u otras que deben prevenir el lavado de dinero)- no pueden exigir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales.
Si los sujetos obligados continúan con el pedido esta documentación, se considerará una conducta "contraria a las leyes y dará lugar a la intervención de las autoridades competentes y la aplicación de sanciones". La resolución aclara que esta medida no impide que los usuarios recurran a la Ley de Defensa del Consumidor si consideran que se les está exigiendo documentación de forma abusiva.
La Resolución General 5697/2025 "simplifica" la normativa relacionada con la declaración de bienes inmuebles en Argentina, específicamente la derogación de la obligación de obtener el "Código de oferta de transferencia de inmuebles" (COTI) para la venta de propiedades.
Según menciona el texto oficial, "el objetivo principal es desburocratizar y agilizar las operaciones de compraventa de inmuebles, siguiendo la directriz del Estado Nacional de constituir una Administración Pública más eficiente y a favor del ciudadano".
El Boletín explica que, debido a los avances tecnológicos y la capacidad de ARCA de acceder a la información fiscal por otros medios, la exigencia del COTI se vuelve innecesaria. En consecuencia, decidió exceptuar la obligación de declarar previamente los bienes inmuebles en las operaciones de transferencia a título oneroso, lo que implica la abrogación de la Resolución General N° 2.371 y sus modificatorias y complementarias.
El texto comunica que, en pocas palabras, se elimina la obligación de obtener ciertos certificados y cumplir con regímenes específicos para transferencias de inmuebles de alto valor, ya que ahora puede fiscalizar y controlar la información con medios más modernos y eficientes. Y que esto simplifica los trámites para las personas y empresas al realizar operaciones inmobiliarias en Argentina.
Por su parte, la Resolución General 5698/2025 busca simplificar la normativa y reducir la carga de información que ciertos sectores debían presentar a la ARCA (anteriormente AFIP).
Esta resolución oficializa la abrogación (anulación) y derogación de varios regímenes de información previamente establecidos en Argentina relacionados con:
La compraventa e intermediación de vehículos automotores y motovehículos usados.
Los préstamos con garantía hipotecaria y las transferencias de dominio de bienes inmuebles, incluyendo cesiones de derechos y actos simultáneos.
Los servicios públicos de suministro de energía eléctrica, agua, gas, telefonía fija y móvil, en cuanto a los regímenes informativos que esas empresas debían cumplir.
Los importes relacionados con expensas, contribuciones y conceptos análogos en propiedades ubicadas en countries, clubes de campo, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y otros complejos urbanísticos.
Esta medida está enmarcada dentro de un proceso más amplio de simplificación y desregulación impulsado por el Estado nacional para facilitar el comercio, los servicios y la industria, eliminando restricciones y normativas consideradas excesivas para fomentar una mayor eficiencia y una interacción más espontánea entre oferta y demanda.
En tanto, la Resolución General 5699/2025 modifica y actualiza varios regímenes de información financiera que deben cumplir distintas entidades en Argentina, tales como administradoras de tarjetas de crédito, entidades financieras, agentes de liquidación y compensación, y plataformas digitales que gestionan activos, incluyendo proveedores de servicios de pago (PSP).
El objetivo principal, según menciona el texto oficial, es actualizar los montos mínimos a partir de los cuales estas entidades deben informar ciertas operaciones financieras al ARCA. También simplificar y optimizar los procesos administrativos para evitar obstáculos para los contribuyentes.
Se actualizan los programas aplicativos que deben utilizar las entidades administradoras de tarjetas de crédito para elaborar la información a suministrar.
Sobre las Entidades Financieras
Las nuevas disposiciones entran en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (la cual se produjo el 23 de mayo de 2025) y son aplicables para la información correspondiente a los períodos mensuales de junio de 2025 en adelante. Las actualizaciones de los valores para 2025 se publicarán en diciembre de 2025 y regirán a partir del 1 de febrero de 2026.