23/04/2012

Un cóctel pernicioso para el agro

Opinión. El patrimonio sufre varios frentes de ataque. Por Santiago Saenz Valiente | Para LA NACION

Los productores agrícolas en la Argentina entregan actualmente en concepto de impuestos más del 68 por ciento de su renta.

Esta afirmación resulta alarmante, pero es verdaderamente así. En especial al incluir las conocidas retenciones que son realmente un "impuesto" desde todos sus ángulos y en estos momentos en que la paridad dólar /peso ya está más devaluada aún que en la convertibilidad.

Las "retenciones" extraen hasta un 35 por ciento de los ingresos del productor, que implica en los hechos sobre su renta entre un 42 y un 50 por ciento, según los granos y costos involucrados.

La presión fiscal a la agricultura y al campo en general, ha venido en franco aumento en los últimos años. La reforma legal profunda del año 1985 incorporó la gravabilidad de la llamada "ganancia por tenencia", que esencialmente exige el impuesto a las ganancias al mero incremento del precio del bien que se mantiene en existencia al cierre de ejercicio. Lo gravísimo de esta situación, es que desde 1992 no se permite contemplar en la liquidación el efecto de la inflación sobre esos bienes. Como los precios de las commodities tienen cotización trasparente, se manifiesta ficticiamente una renta inexistente.

En casos puntuales y demostrados en los estrados judiciales, la tasa efectiva del impuesto sobre la ganancia real ha alcanzado el 65 por ciento, en tales situaciones se permitió a esos contribuyentes modificar su determinación.

Otras cargas fiscales demuestran a las claras, que comparando resultados del productor y los que quedan en manos del Estado -en todas sus formas -, el titular de la renta sólo mantiene un 15% del total de su ganancia.

De varios frentes

El patrimonio afectado a la explotación recibe flechas desde varios frentes.

El impuesto inmobiliario sobre las parcelas rurales, con incrementos exponenciales recientes del orden del 500 por ciento,

El impuesto a los bienes personales, que -según las circunstancias - puede alcanzar la tasa del 1,25 por ciento todos los años, y al momento de una donación o herencia la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) aplica un impuesto entre un 4 y un 16 por ciento a esos bienes. Se produce así una múltiple tributación sobre los mismos bienes, pudiendo caer en confiscatoriedad.

El IVA, que debería ser un impuesto neutral para los integrantes de la cadena económica, produce distorsiones a los productores granarios. La tasa reducida del 50 por ciento que aparenta ser un beneficio, es claramente un perjuicio, pues el saldo a favor acumulado implica un costo financiero adicional.

El denominado impuesto al cheque, con una "tímida" tasa neta superior al 1%, se calcula sobre la masa de fondos incorporados y retirados del banco, afectando también los resultados netos del productor.

Por su parte, las provincias agregan costos incrementando año tras año el impuesto sobre los ingresos brutos. Este tributo es reconocido por ser pernicioso para la actividad económica, al aplicarse sobre las ventas sin contemplar los resultados operativos.

Para el agro, la exención se aplicó entre 1995 y 2002, cuando volvió a impactar en los bolsillos del agricultor y ganadero. En la actualidad se aplican tasas de entre el 1% y 3% de los granos comercializados, y los arrendamientos quedaron alcanzados por el 6% en la provincia de Buenos Aires.

Nuestros vecinos

Nuestra estructura tributaria es sensiblemente más perniciosa que la de nuestros vecinos del Mercosur, en lo referente a los impuestos que pesan sobre el agro. Corresponde que la Argentina baraje para dar de nuevo, disponiendo cambios de fondo en los impuestos con medidas para un crecimiento sostenido de la economía y así mejorar la vida de todos sus habitantes.

A diferencia de lo que sucede en nuestro país, Brasil omite aplicar retención a la exportación y su tasa máxima del impuesto a la renta corporativa es del 25%, cuya porcentual base es del 15% sumándose un 10% cuando se superan los 96.000 dólares y además tratándose de renta rural sólo debe inscribirse cuando supera los 20.000 dólares anuales.

En Uruguay tampoco hay retenciones al agro, con lo cual esa brecha entre el precio de las commodities y su renta obtenida -a un mismo rinde-, es sustancialmente mayor que la de su par argentino, aun cuando sus costos operativos resultan superiores por la cotización de la moneda extranjera.

La renta derivada de actividades agropecuarias en ese país pagan el Impuesto a las Actividades Empresariales (IRAE), cuya tasa es del 25%, salvo que sean sociedades anónimas y distribuyan su resultado, llegando así al 30,25 por ciento. Se permite una deducción del 40% del valor de las inversiones realizadas de maquinaria agrícola, atemperando el resultado final.

Si sus ventas son menores a 120.000 dólares anuales, el contribuyente, en vez de abonar el IRAE, podrá optar por abonar el impuesto a la primera venta realizada por el productor cuya tasa está entre el 1,5 y el 2,5 por ciento.