26/03/2012

Transporte Automotor de Cargas - Se declara de interés regulatorio y se crea el Registro de Infractores - Disposición Nº 36/2012

Síntesis: Se declara de interés regulatorio el transporte automotor de carga de granos por carretera de jurisdicción nacional. Además se dispone que la Subsecretaría de Transporte Automotor, trimestralmente o en plazos menores si fuere necesario, establecerá una tarifa indicativa con un piso de menos un cinco por ciento y un tope incremental máximo del quince por ciento, para el sector cuyo interés regulatorio se declara.
El control de cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución será ejercido por la Subsecretaría de Transporte Automotor de la Nación, con la participación de la Federación de Transportadores Argentinos (FETRA), con más aquellos actores que decida la Subsecretaría.
Los Transportistas de Cereal y/o sus representantes podrán denunciar ante la Subsecretaría de Transporte Automotor a aquellos actores que no cumplan con la presente disposición (Transportistas; Cámaras; Acopiadores; Industrias; Dadores y Tomadores de Cargas; y cualquier otro intermediario en la operatoria de fletes).
También se crea un registro de infractores y un comité de resolución de conflictos.
Efectos Sobre el Acopio: Muy Importante.
Normas Relacionadas: Ley Nº 24.653.

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