11/06/2003

ZONA DE DESASTRE REMUNERACIONES DEL PERSONAL AFECTADO NO PROCEDEN DESCUENTOS SALARIALES Resolución N° 13 / 2.003 ? M.T.E.S.S -

Tomando en cuenta las condiciones de zona de desastre en jurisdicción de Santa Fe, que dieron lugar a la Ley 25.375, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dictó la Resolución 13/03. En la misma se dispone que, durante la vigencia del plazo legal de la declaración de desastre, los empleadores no podrán descontar a los trabajadores remuneraciones ni premios por puntualidad, asistencia o presentismo, cuando el incumplimiento de estos últimos surja de las condiciones climáticas.

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  • 326-Ve-BO-res13-03-zonaDesastre-11-06-03.pdf Descargar