13/06/2003

ZONA DE DESASTRE POR INUNDACION EN SANTA FE - EMERGENCIA OCUPACIONAL: PRESTACIONES POR DESEMPLEO - ASIGNACIONES FAMILIARES: DUPLICAN PAGO - BENEFICIOS PREVISIONALES: AUTORIZAN SUBSIDIO PROVISORIO DECRETOS N° 191, 197 y 198 / 2.003 ? P.E.N -

EMERGENCIA OCUPACIONAL. PRESTACIONES POR DESEMPLEO. AUTORIZAN PAGO A AFECTADOS POR INUNDACIONES. A través de Decreto 198/03 se autorizó al Ministerio de Trabajo a cancelar prestaciones por desempleo a los trabajadores dependientes de empresas domiciliadas en los Departamentos de Santa Fe, declarados zona de desastre por Ley 25.735, que hubiesen sido suspendidos por la causa citada y no perciban sus remuneraciones. El pago del subsidio se extenderá por tres meses. ASIGNACIONES FAMILIARES. DUPLICAN PAGO A AFECTADOS POR INUNDACIONES. El PEN dispuso por Decreto 197/03 duplicar el pago de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, a los trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios previsionales, de asignaciones por desempleo y por riesgos de trabajo, con domicilio en los Departamentos de Santa Fe declarados zona de desastre por Ley 25.735. Este pago adicional regirá por 90 días respecto de las asignaciones familiares que correspondan a partir de julio/03. BENEFICIOS PREVISIONALES. AUTORIZAN SUBSIDIO PROVISORIO A AFECTADOS POR INUNDACIONES. El Decreto 191/03 reguló para los beneficiarios previsionales del SIJP, abonados por ANSES, domiciliados en los Departamentos de Santa Fe declarados zona de desastre por Ley 25.735, cuyo haberes resulten inferiores a $ 300, un subsidio equivalente al monto necesario para alcanzar dicho importe. Este subsidio se abonará por los primeros 90 días del plazo fijado por la Ley citada.

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  • 326-Ve-Bo-res198-03-emergocupacional-13-06-03.pdf Descargar
  • 326-Ve-Bo-res198-03-emergocupacional-13-06-03.pdf Descargar