Síntesis:
Se establecen las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Semilleros, en el ámbito de todo el país, con vigencia a partir del 1° de Septiembre del 2019, del 1° de Octubre del 2019 y 1° de Noviembre de 2019, hasta el 31 de Agosto de 2020, conforme se detalla en los Anexos I, II y III de la presente Resolución.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Ley Nº 26.727.
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Remuneraciones para el Personal que se Desempeña en Semilleros - Resolución Nº 217/2019
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Remuneraciones para el Personal que se Desempeña en Semilleros - Resolución Nº 217/2019 - Anexo
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