TRABAJO AGRARIO
LICENCIA POR NACIMIENTO-MOVIMIENTOS Y REMUNERACIONES
RESOLUCIONES Nº 9/05 Y Nº 11/05
-Comisión Nacional de Trabajo Agrario-
Por medio de la Resolución Nº 9/05, se fija en cinco días corridos la licencia por nacimiento de hijo establecida por el Artículo Nº 24 inciso a) del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley Nº 22.248 (aplicable solamente al padre, ya que la mujer tiene licencia por parto- 90 días-), en el ámbito de la Comisión Asesora Regional Nº 4 con jurisdicción en la Provincia de Santa Fe; y a través de la Resolución Nº 11/05 se incorporan movimientos y remuneraciones mínimas para las tareas de manipulación y almacenamiento de granos, establecidas en la Resolución Nº 5/03, para las Provincias de Buenos Aires y La Pampa.