10/02/2005

TRABAJO AGRARIO ACLARACIÓN SOBRE EL MANÍ RESOLUCIÓN 1/2005 -Comisión Nacional de Trabajo Agrario-

Aclaración sobre el maní, incluyendo su selección sin transformación, fertilizantes agropecuarios y derivados del manejo y acopio, al que se considera comprendido en el Artículo 3º del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, anexo a la Ley Nº 22.248. Ante ciertos reclamos laborales iniciados por las contrataciones a destajo de seleccionadoras de maní por la que abogados y jueces laborales entendían aplicable el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94 de ?Obreros y empleados de la industria de la alimentación? para resolver tales conflictos a empresas acopiadoras que ingresaban a la comercialización del maní selección apto para confitería en la etapa primaria, movimientos históricamente incluidos y reconocidos dentro de la manipulación y almacenamiento de granos por ser de carácter cíclicos y responder a todas las prescripciones del Título II de la Ley Nº 22.248, esta entidad enterada de los riesgos que implica un inadecuado encuadramiento realizó gestiones tanto en el orden provincial como nacional con el fin de obtener una resolución aclaratoria dictada por la misma Comisión Nacional de Trabajo Agrario, Ministerio de Trabajo de la Nación, que ratifique categóricamente el encuadramiento laboral que vienen realizando las empresas.

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  • 413-Ve-BO-Res1-05-TrabajoAgrario-10-02-05.pdf Descargar