03/05/2018

Sinceramiento Laboral - Resolución N° 586/2018

Síntesis: Se dispone una segunda prórroga de un mes calendario para el Sinceramiento Laboral Automático dispuesto por las Resoluciones N° 89/2017 y N° 425/2018, plazo que será contado desde el 1º de Mayo hasta el 31 de Mayo de 2018. El Sinceramiento se debe realizar por aplicativo destinado a ese fin, sin posibilidad de rectificativa, ingresando la información a la Base de Datos de la Provincia de Córdoba a modo de Declaración Jurada que realiza el empleador en un solo acto y con emisión de acuse de la transacción. Los datos objeto del Sinceramiento son los correspondientes al Empadronamiento, los datos de carga de domicilios y trabajadores, y las presentaciones de documentación laboral sujeta a rúbrica. 
Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. 
Normas Relacionadas: Resoluciones N° 89/2017 y N° 425/2018.

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