04/10/2005

SEGUROS REGLAMENTO DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO RESOLUCIÓN Nº 30.729/2005 -Superintendencia de Seguros de la Nación-

Por la presente Resolución se aprueba un nuevo Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio impuesto por el Decreto Nº 1.567/74, el cual entrará en vigencia a partir de las operaciones del 1 de octubre de 2005. El seguro cubre el riesgo de muerte e incluye el suicidio como hecho indemnizable, sin limitaciones de ninguna especie, de todo trabajador en relación de dependencia, encontrándose excluidos los trabajadores rurales permanentes amparados por la Ley Nº 16.600 y los trabajadores contratados por un término menor a un mes.

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