SEGURO COLECTIVO DE INVALIDEZ Y FALLECIMIENTO
PERÍODO DE COBERTURA
RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 5 Y Nº 32.060/2007
-Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, y Superintendencia de Seguros de la Nación-
Se reduce a seis meses el período de cobertura del Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento, previsto en el Artículo Nº 99 de la Ley Nº 24.241, para pólizas que inicien vigencia el 1 de Julio de 2007. Recordamos que originariamente la vigencia de la póliza era por un año.
También se modifican las normas vigentes relativas a la determinación de los gastos y de la participación de la utilidad aplicable a la póliza particular.