Síntesis: Se fijan las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña exclusivamente en la actividad Porcina en Criaderos, en el ámbito de todo el país, con vigencia a partir del 1° de Julio de 2018, del 1° de Agosto de 2018, del 1° de Octubre de 2018 y del 1° de Enero de 2019, hasta el 31 de Julio de 2019. Efectos Sobre el Acopio: De interés general. Normas Relacionadas: Ley Nº 26.727, Decreto N° 301/2013.