09/03/2022

Salarios – Trabajadores Rurales - Comisión Nacional de Trabajo Agrario - Resolución Nº 19/2022

Síntesis: Se fijan las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña exclusivamente como Conductores Tractoristas, Maquinistas de Máquinas Cosechadoras y Agrícolas, en la actividad de Recolección y Cosecha de Granos y Oleaginosas, en el ámbito de todo el país, las que tendrán vigencia a partir del 1° de Enero de 2022 y del 1º Abril de 2022, hasta el 31 de Julio de 2022. Las asignaciones extraordinarias consignadas en el Anexo I, serán consideradas no remunerativas, con la única excepción de los aportes y contribuciones a la obra social, a la cuota sindical o cuota solidaria y a las establecidas por Ley N° 24.557. 
Efectos Sobre el Acopio: De interés general. 
Normas Relacionadas: Ley Nº 26.727, Decreto N° 301/2013.
 

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