Síntesis:
Remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña como Conductor Tractorista, Maquinista de Máquinas Cosechadoras y Agrícolas que desarrollan exclusivamente tareas de recolección y cosecha de granos y oleaginosas, con vigencia a partir del 1° de Agosto de 2019 y del 1° de Octubre de 2019, hasta el 31 de Julio de 2020, en el ámbito de todo el país.