Síntesis:
Se fijan las remuneraciones mínimas para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario, en el ámbito de todo el País, con vigencia a partir del 1° de Julio de 2025, del 1° de Agosto de 2025 y del 1° de Septiembre de 2025, hasta el 31 de Julio de 2026.