RENATRE
EMPLEADORES RURALES
FIJAN PLAZO DE INSCRIPCION EN EL RENATRE
RESOLUCION N° 22 /2.003
? RENATRE -
El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores dispuso por Resolución 22/03 fijar el vencimiento del plazo para que los empleadores rurales se inscriban en el citado Registro, debiendo presentarse las respectivas solicitudes en la sede central o en la Boca de Expendio y Recepción del RENATRE más cercana al domicilio del empleador. La obligatoriedad de inscripción comenzó a partir del 1/8/02 por lo que se dispuso que el plazo vencerá el 31/7/03, fecha a partir de la cual los empleadores que no se inscriban resultarán pasibles de las sanciones dispuestas por Ley 25.191. La obligación de inscripción subsiste para los empleadores que inicien su actividad a partir del 1/8/03.