Prohibición de Despidos y Suspensiones - Decreto N° 487/2020
Síntesis:
Se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta días. En el mismo plazo, se extiende la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, exceptuándose las suspensiones efectuadas en los términos del Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.