PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
PROGRAMA DE SIMPLIFICACIÓN REGISTRAL
RESOLUCIÓN Nº 646/2006
-Administración Nacional de la Seguridad Social-
Por la presente Resolución se establece que, cumplido el plazo de seis meses instituido por la Resolución (ANSeS) 241/2006, la Administración Nacional de la Seguridad Social considerará finalizada las cargas de las relaciones laborales y familiares por los períodos anteriores al 1/8/2006. El Artículo 3º de la citada Resolución, dispone que los empleadores deberán incorporar al "Registro" en un plazo no superior a los seis meses, los datos del trabajador correspondientes a las relaciones laborales anteriores a la aplicación de la mencionada Resolución.