06/09/2005

NOVEDADES FISCALES MINISTERIO DE TRABAJO: ACTIVACIÓN DE FACULTADES SANCIONATORIAS

Cabe recordar que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 25.877, que habilitó al Ministerio de Trabajo a fiscalizar el cumplimiento de los aportes y contribuciones que integran el SUSS y en cuyo art. 37 se lo faculta a aplicar las sanciones que tiene a su cargo la AFIP, el PEN dictó el Decreto 801/05. En el mismo se otorga al titular del Ministerio citado en forma concurrente las mismas facultades que posee el titular de la AFIP para aplicar el régimen sancionatorio en materia de seguridad social. Como consecuencia de ello el citado Ministerio dictó la Resolución 82/05 aprobando los modelos de formularios a utilizar en las acciones de fiscalización y recientemente emitió la Resolución 655/05 aprobando el procedimiento para la comprobación y juzgamiento de las infracciones a que se refiere la RG 1.566, según texto sustituido por RG 1.779. En razón de ello, el Dr. Daniel G. Pérez, colaborador y, a su vez, suscriptor del sitio Novedades Fiscales, hizo llegar un esquema de las facultades activadas a la cartera laboral en materia de aplicación de sanciones, que ponemos a disposición.

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  • 443-Ve-NovFisc-MindeTrabActFacSanc-06-09-05.pdf Descargar