25/06/2003

LEGISLACIÓN DE AVANZADA: Antes que nadie, la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO ha fijado aumentos unificados en las remuneraciones para todos los trabajadores agrarios permanentes (Peones de campo, etc.)

En lo que creemos es otra actitud de demostración de poder político acrecentado en los últimos tiempos por el Sindicato UATRE, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, aún cuando los demás sectores de la economía argentina todavía no lo ha hecho (convenciones paritarias), decidió a través de la Resolución 11/2.003 aumentar los salarios de los trabajadores agrarios permanentes regidos por la Ley 22.248 y estableciendo una tarifa única para todo el país. Al mismo tiempo las asignaciones de carácter no remunerativo ($150 pesos en la actualidad) han sido prorrogadas hasta el 31 de diciembre del corriente año en forma proporcional y descendente, lo que comparado con las escalas salariales (remunerativas) escalonadas no significan otra cosa que transformar los montos de dinero no sujetos a cotización en partes integrantes de los salarios. Los nuevos montos de los salarios parten escalonadamente en forma mensual a partir del 1º de junio de 2.003, quedando firme las remuneraciones fijadas a partir del 1º de septiembre del corriente año, mientras que las asignaciones no remunerativas van descendiendo ($ 150 para junio, $ 100.- para Julio, $ 75 para agosto y $ 50 para los meses de septiembre a diciembre de 2.003). También la resolución fija salarios mínimos garantizados sin especificar si se trata de trabajadores permanentes o si abarca también a los no permanentes. No obstante ello, toda la resolución habla de trabajadores agrarios permanentes, por lo que nos permite concluir que abarca sólo a los trabajadores del Titulo I de la Ley 22.248 (permanentes). Además recordemos que para los ?no permanentes? la CNTA ha dictado la cuestionada Resolución 8/03. Quienes hayan otorgado durante el período comprendido entre el 1º de enero de 2.003 y el 31 de diciembre de 2.003 incrementos de carácter remunerativo o no sobre los ingresos de los trabajadores podrán compensarlos con las remuneraciones y asignaciones no remunerativas fijadas por esta resolución. Todas las cifras referidas se encuentran en los anexos de la resolución adjuntada.

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