28/06/2004

DOBLE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN CAUSA REBAJA GRADUAL EN EL SISTEMA DE DOBLE INDEMNIZACIÓN DECRETO Nº 823/2004

Se prorroga desde el 1 de Julio de 2004 y hasta el día 31 de Diciembre de 2004 inclusive, la suspensión de los despidos sin causa justificada dispuesta en el Artículo Nº 16 de la Ley Nº 25.561, modificada por la Ley Nº 25.820, cuya vigencia fuera extendida oportunamente por el Decreto Nº 369 de fecha 31 de Marzo de 2004; la duplicación allí prevista de los montos indemnizatorios, consistente en un ciento por ciento de tales sumas se reducirá a un OCHENTA POR CIENTO. La indemnización duplicada lleva dos años y medio de vigencia, luego que fuera prorrogada por cinco veces.

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