La Comisión Nacional de Trabajo Agrario por medio de la Resolución Nº 7/2004 declaró el día 8 de Octubre de cada año como "Día del Trabajador Rural", en el ámbito del Régimen Nacional de Trabajo Agrario Ley Nº 22.248. Disponiéndose que a los efectos remuneratorios regirán las mismas condiciones establecidas por la Ley Nº 22.248 para los feriados nacionales.
A los fines de recordar sobre la forma de abonar los feriados nacionales volvemos a publicar un trabajo relativo a los Feriados Obligatorios y Días no Laborables.