DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA
REBAJA DE LA DOBLE INDEMNIZACIÓN POR
DESPIDO SIN JUSTA CAUSA
DECRETO Nº 1.433/2005
Por medio del Decreto N° 2.014/04, se fijó en el 80% la cuantía del adicional que por sobre los montos indemnizatorios deben abonar los empleadores a los trabajadores en caso de producir despidos sin justa causa.
El Poder Ejecutivo Nacional a través del presente Decreto fija en el 50% el adicional mencionado, entrando en vigencia a partir del 1º de Diciembre de 2005.