23/11/2005

DESPIDOS SIN JUSTA CAUSA REBAJA DE LA DOBLE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN JUSTA CAUSA DECRETO Nº 1.433/2005

Por medio del Decreto N° 2.014/04, se fijó en el 80% la cuantía del adicional que por sobre los montos indemnizatorios deben abonar los empleadores a los trabajadores en caso de producir despidos sin justa causa. El Poder Ejecutivo Nacional a través del presente Decreto fija en el 50% el adicional mencionado, entrando en vigencia a partir del 1º de Diciembre de 2005.

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