01/09/2023

Dec 438/2023 - Asignación No Remunerativa de $60.000 | Estudio Cáceres y asoc.

Estimados, buenas tardes.

Les comentamos que por medio del decreto 438/2023 (B.O. 31/08/2023) , se establece una asignación no remunerativa, por única vez, para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado y sector público nacional.

El monto del bono será de $60.000, el cual deberá ser abonado en 2 cuotas de la siguiente manera:
  • Primera cuota $30.000 Agosto 2023: desde 01/09/2023 al 21/09/2023.
  • Segunda cuota $30.000 Septiembre 2023: hasta el cuarto día hábil de octubre 2023.

Consideraciones:
  • Quedan excluidos del beneficio los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en el mes de AGOSTO de 2023, superiores a $400.000.
  • El monto del bono para aquellos con salarios netos entre $400.000 - 370.000, se obtendrá por la diferencia hasta percibir un neto total de $400.000.
  • La asignación se proporcionará en los casos de los trabajadores con jornadas reducidas.

Aclaración: en el decreto reglamentario no se estipulan sanciones para aquellos que decidan no hacer frente a los respectivos pagos.

Compensación con paritarias

La asignación no remunerativa podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.

Beneficio para empleadores PYME

Las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha de entrada en vigor de este decreto, podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales de la seguridad social. 

El 100% en el caso de las Microempresas y el 50% en el caso de las Pequeñas Empresas de lo abonado en concepto de suma no remunerativa.

Ante cualquier duda y/o consulta estamos a disposición.

Saludos.