17/03/2020

Comunicación de la Nómina de Trabajadores que Presten Tareas desde sus Domicilios - Resolución Nº 21/2020

Síntesis:
Se dispone que los empleadores que habiliten a sus trabajadores a realizar su prestación laboral desde su domicilio particular en el marco de la emergencia sanitaria, deberán denunciar a la A.R.T., a la que estuvieran afiliados la nómina de trabajadores afectados y el domicilio donde se desempeñara la tarea y frecuencia de la misma. El domicilio denunciado será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.
 
Efectos Sobre el Acopio:
Importante.
 
Normas Relacionadas:
Leyes Nº  19.587, Nº  24.557, N°  27.541, Decretos Nº 1.057/2003, N° 260/2020, Resolución N° 1.552/2012.
 
 

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