20/11/2007

BENEFICIOS SOCIALES LÍMITE MÁXIMO DIARIO EN CONCEPTO DE VALES DE ALMUERZO RESOLUCIÓN Nº 1.371/2007 -Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social-

Se modifica el importe fijado por el Decreto Nº 592/1995, estableciéndose la suma de $ 25, por día hábil por persona, como límite máximo que podrán percibir los trabajadores en concepto de vales de almuerzo.

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