18/03/2003

BENEFICIOS PREVISIONALES. REGLAMENTAN CONDICIÓN DE APORTANTE REGULAR EN CASO DE INVALIDEZ Res. N° 6/ 2.003 ? SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

La Secretaría de Seguridad Social, por medio de la Resolución 6/03, estableció las pautas necesarias para determinar la condición de aportante regular para quienes se encuentren percibiendo o hayan percibido prestaciones mensuales originadas en accidentes de trabajo o enfermedad profesional. Las condiciones de regularidad que se reglamentan apuntan a permitir el acceso a los beneficios previsionales regulares o pensiones por fallecimiento

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