01/08/2002

AUMENTO NO REMUNERATIVO DE 100 PESOS PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PRIVADO: SE IMPONEN SANCIONES A AQUELLOS EMPLEADORES QUE NO CUMPLAN Y SE REGLAMENTAN OTROS ASPECTOS

A través del Decreto 1371/02 el Gobierno Nacional ha establecido la aplicación de las sanciones previstas por la ley 25.212 (Régimen General de sanciones por infracciones laborales) a aquellos empleadores que no otorguen el aumento no remunerativo dispuesto por el Decreto 1273/02 y con vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2002. - Es el artículo 7º de este Decreto el que estipula que el incumplimiento de las disposiciones previstas en el Decreto Nº 1273/02 será sancionado conforme lo previsto por el Anexo II de la Ley 25.212. Este anexo que se titula Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales prevé infracciones leves (con apercibimientos y multas), infracciones graves (multas más elevadas) e infracciones muy graves (multas y hasta clausuras de los establecimientos).* - Por otra parte este Decreto 1371/02 faculta a los empleadores a extender el beneficio a trabajadores no comprendidos en el régimen de las convenciones colectivas de trabajo. - Además se establece la base del cálculo para la liquidación proporcional de la asignación, en los casos de prestaciones de servicios inferiores a la jornada máxima legal o convencional y además se establecen los casos en que deba tenerse en cuenta los períodos anteriores trabajados (ver art. 5º). *Para mayor profundidad de este tema ver Circular Color Verde Nº 167 de fecha 26 de mayo de 2000.

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