09/04/2021

Asistencia al Lugar de Trabajo - Resolución Conjunta Nº 4/2021

Síntesis:
Se dispone que los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a determinados trabajadores, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos catorce días de la inoculación, salvo las excepciones expresamente establecidas en la norma.
 
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
 
Normas Relacionadas:
Leyes Nº 27.491, N° 27.541, N° 27.573, Decreto N° 260/2020, N° 627/2020, N° 2.883/2020, Resolución N° 207/2020.
 

Descargar documentos

  • Asistencia al Lugar de Trabajo - Resolución Conjunta Nº 4/2021 Descargar