ASIGNACIONES FAMILIARES
LIQUIDACIÓN DE LOS RECLAMOS POR FALTA DE PAGO
RESOLUCIÓN Nº 4/2008
-Administración Nacional de la Seguridad Social-
Se establece que a los efectos de proceder a la liquidación de los reclamos por falta de pago de la asignación familiar por hijo o hijo con discapacidad, realizados por los trabajadores incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares, la misma se realizará a través del citado Sistema, con una retroactividad de 2 años contados a partir de la fecha de reclamo formal ante la Administración Nacional de la Seguridad Social y de la presentación de la documentación respectiva, siempre que correspondiere la percepción de la misma.