23/07/2003

ASIGNACIONES FAMILIARES DUPLICACIÓN PARA TRABAJADORES AFECTADOS POR INUNDACIONES REQUISITOS RESOLUCIÓN N° 803 /2.003

El Dto. 197/03 reguló la duplicación de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, desde el 1/7 al 30/9/03, para los trabajadores, beneficiarios de riesgos del trabajo, del seguro por desempleo y beneficiarios previsionales, domiciliados en la zona de desastre de Santa Fe. ANSES por Resolución 803/03 dispone los requisitos y formalidades a cumplir para el cobro de dicha duplicación. Señala que debe considerarse como pago único, la ayuda escolar anual, la asignación por maternidad, por nacimiento, por adopción y por matrimonio, las que no se duplican. Asimismo se ha contemplado la situación de los empleadores que afrontan el pago a través del sistema compensador y que no puedan cancelar la erogación adicional dispuesta.

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  • 332-Ve-BO-res803-03-AsigFliares-23-07-03.pdf Descargar