Síntesis: Se establece que el “Comprobante de conductor habilitado”, que se obtiene a través de la página institucional www.cnrt.gob.ar, será documento válido para la conducción de aquellos que realizan transporte de cargas o pasajeros de carácter interjurisdiccional, hasta tanto se implemente el nuevo procedimiento para el otorgamiento de la Licencia Nacional Habilitante. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Resolución N° 444/1.999.