TRANSPORTE DE GRANOS
USO DE LOS FORMULARIOS DE CARTA DE PORTE
RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 693/2007 - 78/2007 Y GENERAL 2.197
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario, Secretaría de Transporte y Administración Federal de Ingresos Públicos-
Se introducen modificaciones en el uso de los formularios de Carta de Porte para el Transporte Automotor, el Transporte Ferroviario y el Transporte Fluvial de granos con cualquier destino, modificándose la Resolución Conjunta Nº 335, 317 y General Nº 1.880 del 10 de mayo de 2005 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos; Secretaría de Transporte y Administración Federal de Ingresos Públicos.
La presente Resolución Conjunta entrará en vigencia a partir del día 22 de Febrero de 2007 conforme la reglamentación que se dicte oportunamente.