TRANSPORTE DE GRANOS
PRODUCTORES DE GRANOS MONOTRIBUTISTAS
RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.519/2008
-Administración Federal de Ingresos Públicos-
Mediante la presente Resolución general se introducen modificaciones a la Resolución General Nº 2.205/07, estableciéndose que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a los fines de acreditar su condición de productores de granos para adquirir formularios de Cartas de Porte, deberán encontrarse incluidos, a la fecha de solicitar la Solicitud de Compra, en el Padrón de Productores de Granos Monotributistas establecido mediante la Resolución General Nº 2.504/08.
Además se dispone que cuando se trate de Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado, y se encuentren suspendidos o no incluidos, a la fecha de presentación de la Solicitud de Compra, en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas, la AFIP podrá otorgar autorizaciones parciales respecto de la cantidad y vigencia de los formularios requeridos.