Se aprueba la implementación del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal para amparar, el tránsito y/o movimiento por cualquier parte del país de fibra, semilla, grano, fibrilla, cascarilla, linter de algodón, desperdicios o desechos de desmotadora, desperdicios o desechos de hilandería y algodón en bruto que pudiesen comercializarse dentro del país, exportarse o importarse, cualquiera fuere su calidad y modalidad independientemente del origen de la misma.
Efectos Sobre el Acopio:
De Interés General.
Normas Relacionadas:
Resoluciones N° 95/93, N° 213/93, N° 31/15 y N° 22/16.