Trámite de Identificación de Mercadería de Exportación y/o Importación - Resolución Nº 55/2019
Síntesis: Todos los procedimientos y trámites de declaraciones, permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones o gestiones necesarias para realizar operaciones de importación y/o exportación, emitidos por las unidades organizativas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, deberán identificar las mercaderías alcanzadas por sus intervenciones conforme la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) vigente a la fecha de su emisión. De corresponder, cada organismo deberá indicar las excepciones, requisitos, condiciones o reglas que resulten pertinentes para identificar tales mercaderías con determinada posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR . Efectos sobre el Acopio: Normativa sobre exportaciones y/o importaciones. Normas Relacionadas: Ley Nº 22.415 – Código Aduanero – art. 12 -
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Trámite de Identificación de Mercadería de Exportación y/o Importación - Res Nº 55/19
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Trámite de Identificación de Mercadería de Exportación y/o Importación - Anexo - Res Nº 55/19
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