10/03/2005

SOCIEDADES CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3/2005 -Inspección General de Justicia-

La Inspección General de Justicia mediante la Resolución General Nº 3/2005 dispuso que las sociedades por acciones, de responsabilidad limitada o establecidas bajo un tipo desconocido por las leyes argentinas, constituidas en el extranjero que soliciten la inscripción en el Registro Público de Comercio, para actuar en la Argentina, deberán identificar a los titulares de su capital accionario, bajo pena de negárseles el registro.

Descargar documentos

  • 417-Am-BO-ResGral3-05-SocConstitenelExt-10-03-05.pdf Descargar