SE ESTABLECE QUE LAS MUTUALES DEBERAN PRESENTAR ESTADOS CONTABLES DE ACUERDO A RESOLUCIONES TÉCNICAS VIGENTES
Mediante la Resolución 1151/02 el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social ha resuelto imponer la obligación a las mutuales de presentar los estados contables de acuerdo a la Resolución Técnica Nº 11 ?Normas particulares de exposición contable para entes sin fines de lucro? y la Resolución Técnica Nº 12 de la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas?. La resolución tiene vigencia para los estados contables anuales o de períodos intermedios correspondientes a ejercicios que se hubieran iniciado después del 1 de enero de 2002.