SANIDAD ANIMAL
DOCUMENTO PARA EL TRÁNSITO DE ANIMALES
RESOLUCIÓN Nº 771/2007
-Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria-
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria estableció, hasta nueva comunicación, en siete días el período de vigencia del Documento para el Tránsito de Animales (DTA) de amparo de movimientos de animales a faena inmediata y/o mercados terminales, contando dicho período a partir de la fecha de su emisión.