25/09/2008

"ROE VERDE" VIGENCIA EN LA DECLARACIÓN JURADA DE VENTAS AL EXTERIOR RESOLUCIÓN Nº 4.252/2008 -Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-

La Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario aclara por medio de la presente Resolución que aquellos "ROE VERDE", Declaración Jurada de Ventas al Exterior, que hubieren sido emitidos en el período comprendido entre el día 14 de Agosto de 2008 y el día 2 de Septiembre de 2008 tendrán el plazo de validez genérico de 45 días corridos, salvo que los interesados hayan manifestado oportuna y expresamente su voluntad de ejercer la opción contemplada en el Artículo 8º, párrafo 2º de la Resolución Nº 543/ 2008, sustituido por el Art. 1 de su similar Nº 2.846/2008, (90 días corridos para trigo, 120 días corrido para maíz, 180 días corridos para el resto de los productos de origen agrícola, para aquellos exportadores que opten por efectivizar el pago de los derechos de exportación dentro de los dos días hábiles de haber sido aprobada la Declaración Jurada).

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