Res. N° 296/02 del Minist. Economía : Exportadores de productos agrícolas : Reducción de plazo de pago de los derechos y demás tributos
Los exportadores de productos agrícolas, comprendidos en la ley N° 21.453 y cuya montos de exportación del año anterior han sido mayores a U$s. 20.000.000.- deben realizar el ingreso de los derechos y demás tributos dentro de los 15 días corridos , contados a partir del día siguiente al del libramiento de la mercadería. Y para aquellos exportadores que en el año anterior a la fecha de los registro de exportación para consumo hayan exportado menos de U$s. 20.000.000.- , el plazo de los ingresos de los derecho y demás tributos será hasta la fecha de liquidación de divisas a favor del exportador o 120 días a partir del libramiento, el que fuere menor.-