14/08/2002

Res. N° 295/02 del Minist. Economía : Registros de depósitos reprogramados : Los titulares que no optaron , deben entregar el título para ser incluido en el Registro Escritural de depósitos reprogramados.

Para aquellos depositantes de plazos fijos que no han optado por las alternativas establecidas en los art. 2,3 4 o 5 de Dto 905/02 o que no hayan presentado recurso de amparo deben entregar a la Entidad bancaria la constancia del instrumento original para ser asentada en el Registro Escritural de depósitos reprogramados y el banco le otorgará la constancia de tenencia de depósito colectivos en la Caja de Valores S.A.-

Descargar documentos

  • 283-Am-BO-res295-02-reordsistfinan-14-08-02.pdf Descargar