18/06/2002

Reprogramación de los depósitos en plazos fijos Bancarios- Res. N° 92/02 -M.E.-

Los titulares de depósitos de plazos fijos tienen la opción de recibir a través de las Entidades Financieras correspondientes , los bonos del Gobierno Nacional , cuyas condiciones financieras se dispone los art. 10,11 y 12 del Decreto N° 905/02. También se dispone que los importe de los depósitos reprogramados que no hayan sido objeto de la opción prevista , se mantiene el régimen previsto , debiendo las entidades financieras emitir a favor de los titulares constancias de los saldos reprogramados por el saldo correspondiente.

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  • 275-Am-BO-Res92-ReordenSistFinanciero-18-06-02.pdf Descargar