Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial - Disposición N° 5-E/2017
Síntesis: Se suspende por ciento ochenta días corridos la recepción y tramitación de solicitudes de inscripción y/o ampliaciones de las instalaciones declaradas y habilitadas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), para operar en el carácter de Molino de Harina de Trigo y Usuario de Molienda de Trigo. Efectos Sobre el Acopio: De Interés General. Normas Relacionadas: Decreto N° 357/2002, sus modificatorios y complementarios.
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