REGISTRO DEL AUTOMOTOR
VALIDEZ DE LAS CEDULAS DE IDENTIFICACIÓN
DE AUTOMOTORES. EXCEPCIONES.
DISPOSICIÓN Nº 516 / 2003
De acuerdo a lo regulado por la Disposición 516/03 de Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, se confirma que la duración de la cédulas de identificación de los automotores vence a los 6 meses, excepto cuando se encuentran en poder de su titular registrado para quién no tiene plazo de vencimiento. La nueva norma agrega que el tratamiento de excepción es extensivo a los automotores destinados al transporte de carga o pasajeros que se encuentren debidamente habilitados por la autoridad competente.