REGISTRO DE OPERADORES LACTEOS
PLAZO ADICIONAL DE INSCRIPCION
RESOLUCIÓN Nº 10/2007
-Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario-
Se fija un plazo adicional de ciento veinte días corridos a contar desde la publicación de la presente, a efectos de instrumentar la primera inscripción en el Registro de Operadores Lácteos.