Registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior - Resolución Conjunta Nº 1 E/2017
Síntesis:
Se establece el procedimiento para el registro de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior “DJVE”, a las que se refiere la Ley N° 21.453 y su aclaratoria N° 26.351, disponiéndose que el exportador que pretenda exportar los productos agrícolas incluidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, y los que pudieran incorporarse en el futuro, deberá completar y registrar la Declaración Jurada de Venta al Exterior “DJVE” mediante el Sistema Informático Malvina, accediendo al mismo a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.